Publicado en el nº3 de la revista Saenal
Antes de la creación de la República Popular Democrática de Corea la situación de la mujer era alarmante. Muchas mujeres no tenían acceso a derechos tan básicos como aprender a leer o escribir y su posición en la sociedad estaba relegada a servir a los hombres y a ser madres. Además, durante los años de ocupación japonesa se obligó a muchas mujeres coreanas a prostituirse para los soldados japoneses, siendo secuestradas de sus propias casas o engañadas con promesas de trabajo. De hecho, en el la Sesión Especial 23 de la Asamblea General de la ONU “Mujeres 2000: Igualdad de género, desarrollo y paz para el siglo XX” el representante permanente de Corea del Norte en la ONU, Li Hyong Chol, pronunció un discurso exigiendo responsabilidades a Japón por estos crímenes de guerra y expresando la preocupación del país por la particular forma de violencia sexual que sufren las mujeres en los conflictos armados.
Como reacción a esta situación de sometimiento y falta de libertad, las mujeres coreanas se organizaron creando la Asociación de Mujeres Antijaponesas, que elevó el papel de las mujeres coreanas en la lucha antiimperialista y ayudó a combatir el analfabetismo. Yendo más allá, en 1945 se constituye la Unión de Mujeres Socialistas de Corea (UMSC), llegando a contar con algo más de un millón de miembros tan solo un año después de su fundación. Durante estos primeros años, la UMSC centró sus esfuerzos en la promulgación de leyes de igualdad entre hombres y mujeres y en la inclusión de las mujeres en el mundo de la política.
El 30 de julio de 1946 se promulga la Ley de Igualdad de los Derechos del Hombre y de la Mujer. A pesar de ser una ley muy corta, con tan sólo siete artículos, supo combatir los principales problemas que sufrían las mujeres coreanas. Así, entre otras cosas, se promulga la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en todos los aspectos de la vida estatal, económica, cultural, social y política; se reconoce el divorcio libre, así como la posibilidad de la mujer de solicitar a su antiguo cónyuge una pensión de manutención de los hijos; se eleva la edad legal para casarse a los 17 años para la mujer (que, por cierto, coincide con la mayoría de edad); se prohíbe la poligamia y la práctica de compra y venta de mujeres para ser esposas o concubinas, así como la prostitución, estableciendo penas para los hombres que lo infrinjan; y se derogan las antiguas normas japonesas sobre las mujeres.

Esta lucha por conseguir la igualdad entre hombres y mujeres también se consagra en la Constitución Socialista de Corea en su art. 77 estableciendo que “La mujer disfruta de la misma posición social y los mismos derechos que el hombre. El Estado protege especialmente a la madre y el niño mediante la licencia antes y después del parto, la reducción de la jornada laboral para la madre con varios hijos, la ampliación de la red de casas de maternidad, casas cuna y jardines infantiles y otras medidas. El Estado garantiza a la mujer todas las condiciones para poder incorporarse al trabajo”. La constitucionalización de los derechos de la mujer antes y después del parto supone un gran avance en la lucha de las mujeres, pues la protección legal que otorga cualquier texto constitucional de un país es mucho mayor que la de cualquier otro texto normativo.
También el país asiático es parte de distintas convenciones y declaraciones internacionales que buscan erradicar la discriminación que sufrimos las mujeres en todo el mundo. En particular, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979), que es considerada como una Carta Internacional de Derechos Humanos para las mujeres y que, entre otras cosas, compromete a los Estados que la ratifiquen o que se adhieran a la misma a tomar las medidas necesarias para eliminar toda forma de discriminación a la mujer, debiendo dirigir al Secretario General de las Naciones Unidas un informe, al menos cada cuatro años, sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas o de otra índole que se hayan adoptado para hacer efectivas estas disposiciones.

Además, la RPDC fue el primer país asiático en despenalizar el aborto en 1950. Y para asegurar los derechos obstétricos de la mujer existe el Hospital de Maternidad de Pyongyang, dedicado exclusivamente a asegurar la seguridad de las madres coreanas y sus bebés en los momentos anteriores al parto, durante el parto y en el post-parto. En 2012 el hospital fue ampliado y se creó un ala especializada en la detección y tratamiento del cáncer de mama.
Todavía queda mucho por hacer por los derechos de las mujeres, tanto en Corea del Norte como en el resto del mundo, pero sin duda es el compromiso tan grande del país por la lucha de las mujeres lo que lo hace destacar de sus vecinos, buscando defender a la mujer desde que nace hasta que muere. ■