La Ley de Protección de los Derechos de la Mujer, adoptada en 2010 y enmendada por última vez en el año 2015 por la Asamblea Popular Suprema, busca garantizar los derechos de la mujer en todos los aspectos de la vida social para así elevar el estatus y el rol de la mujer en la sociedad. La ley parte del principio de igualdad entre el hombre y la mujer y la no discriminación.
La Ley se estructura en siete capítulos: el primero recoge los derechos básicos de la mujer, los cinco siguientes recogen los derechos sociales y políticos; los derechos educativos, culturales y sanitarios; derechos de trabajo; derechos de la persona y de la propiedad; y derecho al matrimonio y familia; y, por último, mecanismos de control para asegurar la protección de los mismos.
Para ello, dirige un mandato al Estado para adoptar y llevar a cabo un plan fundamental para proteger los derechos de las mujeres. Los Comités Populares Regionales, siguiendo las directrices del mismo, deberán adoptar y aplicar planes anuales más detallados, que adapten el plan fundamental al contexto de sus regiones. Asegurar los derechos de la mujer implica también asegurar su salvaguarda en las instituciones, empresas y organizaciones. Este trabajo de protección de los derechos de la mujer se delega en los Comités Populares regionales en cada nivel, que deberán tomar medidas para que éstos sean efectivos y tengan jurisdicción para su tutela.
La organización encargada de proteger los derechos de la mujer es la Unión de Mujeres Socialistas de Corea, pero también las instituciones tienen la obligación de controlar que no se violen estos derechos.
En consonancia con las obligaciones de los Estados derivadas de los tratados y convenios internacionales, se reconoce que también se atenderá a lo que dispongan los convenios y tratados internacionales ratificados por la RPD de Corea relativos a los derechos de la mujer, que tendrán la misma eficacia legal que esta Ley.
En el plano social y político, se reconoce el derecho de voto en igualdad de condiciones que los hombres, exigiendo al Estado que promueva la participación política de las mujeres y se aumente el número de mujeres en la Asamblea Popular Suprema; se reconoce un estatus de ciudadanía en igualdad de condiciones que los hombres, sin que pueda cambiar por matrimonio o divorcio; el derecho de trabajar en todos los órganos del Estado; y se encomienda a las instituciones legales la obligación de tener en cuenta la posición de la mujer, sus derechos e intereses en los procesos legales. Para garantizar todo esto, se permite a las mujeres dirigir peticiones y quejas a las instituciones, empresas y organizaciones relativas a esta cuestión, que deberán investigar y resolver en el tiempo que se designe.
En el plano educativo, cultural y de salud pública se reconoce la igualdad de los hombres y mujeres para acceder (en igualdad de condiciones que los hombres) a instituciones educativas. Se prohíbe realizar cualquier tipo de discriminación por razón de género en el acceso a los colegios o universidades y se establece una obligación para los padres o tutores legales de las mujeres menores en edad escolar de darles una educación.
En el plano sanitario, el reconocimiento de los derechos de la mujer se extiende a recibir tratamientos en igualdad de condiciones que los hombres, debiendo existir en las instituciones sanitarias médicos especialistas para las mujeres.
También se reconocen todos estos derechos para las mujeres que vivan en entornos rurales.